{"id":128985,"date":"2026-06-20T00:25:35","date_gmt":"2026-06-19T22:25:35","guid":{"rendered":"https:\/\/asuncionactual.com\/index.php\/2026\/06\/20\/diputados-tratara-acuerdo-que-amplia-la-cooperacion-consular-en-mercosur\/"},"modified":"2026-06-20T00:25:35","modified_gmt":"2026-06-19T22:25:35","slug":"diputados-tratara-acuerdo-que-amplia-la-cooperacion-consular-en-mercosur","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/asuncionactual.com\/index.php\/2026\/06\/20\/diputados-tratara-acuerdo-que-amplia-la-cooperacion-consular-en-mercosur\/","title":{"rendered":"Diputados tratar\u00e1 acuerdo que amplia la cooperaci\u00f3n consular en Mercosur"},"content":{"rendered":"<p>La <a href=\"https:\/\/www.abc.com.py\/tag\/camara-de-diputados\/\" target=\"_self\" rel=\"\" title=\"https:\/\/www.abc.com.py\/tag\/camara-de-diputados\/\"><b>C\u00e1mara de Diputados<\/b><\/a>, en sesi\u00f3n ordinaria de este martes, prev\u00e9 tratar en el cuarto punto del orden del d\u00eda, el <b>\u201cAcuerdo sobre el Mecanismo de Cooperaci\u00f3n Consular entre los Estados Partes del <\/b><a href=\"https:\/\/www.abc.com.py\/tag\/mercado-comun-del-sur-mercosur\/\" target=\"_self\" rel=\"\" title=\"https:\/\/www.abc.com.py\/tag\/mercado-comun-del-sur-mercosur\/\"><b>Mercosur<\/b><\/a><b> y Estados Asociados\u201d,<\/b> firmador el <b>16 de julio de 2019 en Santa Fe, Argentina. <\/b><\/p>\n<p>El entendimiento ya tiene media sanci\u00f3n de la <b>C\u00e1mara de Senadores.<\/b> El documento indica que<b> Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay<\/b>, en calidad de Estados Partes,<b> Bolivia y Chile,<\/b> Estados Asociados, son partes del presente acuerdo. <\/p>\n<p>El entendimiento es de amplio alcance y apunta a establecer el <b>mecanismo de cooperaci\u00f3n consular, en beneficio de los nacionales <\/b>de las partes que se encuentren en una determinada ciudad, regi\u00f3n o pa\u00eds<b> donde no exista representaci\u00f3n diplom\u00e1tica o consular <\/b>residente del Estado de su nacionalidad.<\/p>\n<p>Los signatarios reafirman \u201cla prioridad que asignan a la concreci\u00f3n de <b>objetivos que beneficien directamente a los nacionales<\/b> de los Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados\u201d. <\/p>\n<p>Reconocen \u201cla labor desarrollada por el <a href=\"https:\/\/www.abc.com.py\/politica\/2026\/06\/04\/canciller-afirma-que-mercosur-debe-mejorar-y-ampliar-su-proyeccion-internacional\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer\" title=\"https:\/\/www.abc.com.py\/politica\/2026\/06\/04\/canciller-afirma-que-mercosur-debe-mejorar-y-ampliar-su-proyeccion-internacional\/\"><b>Mercosur<\/b><\/a> en relaci\u00f3n con el establecimiento de un <b>mecanismo de cooperaci\u00f3n consular<\/b>\u201d. Ratifican la importancia que otorga el Mercosur al desarrollo y <b>profundizaci\u00f3n <\/b>del Mecanismo de Cooperaci\u00f3n Consular\u00bb vigente en el bloque regional.<\/p>\n<p>Los Estados se\u00f1alan que es de inter\u00e9s profundizar, ampliar y actualizar la cooperaci\u00f3n y el apoyo rec\u00edproco en materia consular, con el objetivo de que sus nacionales puedan acceder a la protecci\u00f3n y asistencia de cualquier Representaci\u00f3n Consular de otra Parte en el territorio de un tercer Estado, <b>en el caso de que all\u00ed no existiere representaci\u00f3n del Estado de su nacionalidad.<\/b><\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/www.abc.com.py\/nacionales\/2026\/05\/19\/paises-del-mercosur-abordan-en-paraguay-iniciativas-para-fortalecer-cooperacion-migratoria\/\">Pa\u00edses del Mercosur abordan en Paraguay iniciativas para fortalecer cooperaci\u00f3n migratoria<\/a><\/p>\n<h2>El acuerdo<\/h2>\n<p><b>ART\u00cdCULO 1<\/b> <b>OBJETIVO<\/b> <\/p>\n<p>Establecer el Mecanismo de Cooperaci\u00f3n Consular del Mercosur (en adelante, el Mecanismo), en beneficio de los nacionales de las Partes que se encuentren en una determinada ciudad, regi\u00f3n o pa\u00eds donde no exista Representaci\u00f3n Diplom\u00e1tica o Consular residente del Estado de su nacionalidad. <\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 2<\/b> <b>PRINCIPIOS<\/b> <\/p>\n<p>Las acciones de cooperaci\u00f3n consular que se desarrollen en el marco del Mecanismo se regir\u00e1n por los siguientes principios: <\/p>\n<ol>\n<li>El respeto de las normas del Derecho Internacional y, en particular, de la Convenci\u00f3n de Viena sobre Relaciones Consulares, as\u00ed como de las normas internas del Estado que llevar\u00e1 a cabo la asistencia y del Estado del solicitante; <\/li>\n<li>La solidaridad y la cooperaci\u00f3n entre las Partes; <\/li>\n<li>La defensa de los Derechos Humanos. <\/li>\n<\/ol>\n<p><b>ART\u00cdCULO 3<\/b> <b>\u00c1MBITO DE APLICACI\u00d3N<\/b> <\/p>\n<p>El Mecanismo establecido en el presente Acuerdo operar\u00e1 en los siguientes casos: <\/p>\n<ol>\n<li>Situaciones de emergencia, necesidad o alta vulnerabilidad, calificada y comprobada por el representante consular correspondiente o la entidad designada por cada una de las Partes; <\/li>\n<li>Cuando se trate de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes acompa\u00f1ados o no; personas vulnerables, tales como v\u00edctimas de violencia intrafamiliar; v\u00edctimas de trata de personas; y personas en estado de indigencia, entre otros; <\/li>\n<li>Cuando un nacional de una de las Partes se encuentre privado de su libertad, siempre que lo solicite el Estado de la nacionalidad de la persona afectada; <\/li>\n<li>En caso de repatriaci\u00f3n de personas en estado de alta vulnerabilidad, a petici\u00f3n del Estado de la nacionalidad de la persona afectada, lo cual se regir\u00e1 por las normas y procedimientos establecidos por dicho Estado; <\/li>\n<li>Ante cat\u00e1strofes naturales o antropog\u00e9nicas, siempre que lo solicite el Estado de la nacionalidad de la persona afectada; <\/li>\n<li>Ante la necesidad de intercambio de informaci\u00f3n relacionada con legalizaciones de documentos, cuando las Partes as\u00ed lo requieran, a fin de confirmar su autenticidad; y <\/li>\n<li>En otros casos que pudieran ser objeto de asistencia consular, a criterio del Estado requirente. <\/li>\n<\/ol>\n<p><a href=\"https:\/\/www.abc.com.py\/politica\/2026\/04\/22\/convenio-para-que-paraguay-reciba-a-migrantes-que-rechaza-eeuu-es-absolutamente-irregular-dice-senador\/\">Convenio para que Paraguay reciba a migrantes que rechaza EE.UU. es \u201cabsolutamente irregular\u201d, dice senador<\/a><\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 4<\/b> <b>ACCIONES EN MATERIA DE COOPERACI\u00d3N CONSULAR<\/b> <\/p>\n<p>Las acciones de cooperaci\u00f3n consular ser\u00e1n las siguientes: <\/p>\n<ol>\n<li>Colaborar en la b\u00fasqueda de paradero de nacionales de una Parte; <\/li>\n<li>Informar a los nacionales de las Partes sobre los derechos y deberes que poseen en el Estado receptor, y en particular, sobre el derecho a la notificaci\u00f3n consular de conformidad con el art\u00edculo 36 de la Convenci\u00f3n de Viena sobre Relaciones Consulares; <\/li>\n<li>Recibir consultas y orientar a los nacionales de las Partes sobre el ordenamiento normativo local; <\/li>\n<li>Servir de canal para las comunicaciones correspondientes entre el nacional y las autoridades del Estado receptor; <\/li>\n<li>Canalizar las solicitudes de los documentos de viaje, as\u00ed como otro tipo de documentos, de los nacionales de las Partes, en coordinaci\u00f3n con las autoridades respectivas; y efectuar la entrega de los mismos a los solicitantes; <\/li>\n<li>Velar, dentro de los l\u00edmites que impongan las leyes y reglamentos del Estado receptor, por los intereses de los nacionales de las Partes, cuando \u00e9stos se encuentren privados de la libertad o en un proceso de deportaci\u00f3n; <\/li>\n<li>Coordinar con el Estado de nacionalidad de la persona afectada las acciones pertinentes al caso; <\/li>\n<li>Coordinar con el Estado de la nacionalidad de la persona procesos de repatriaci\u00f3n en casos de alta vulnerabilidad, lo cual se regir\u00e1 por las normas y procedimientos establecidos por su Estado; <\/li>\n<li>Gestionar asistencia ante las autoridades competentes del Estado receptor y\/u organismos internacionales y\/u organizaciones no gubernamentales, especialmente con fines humanitarios, a favor de aquellos nacionales de las Partes que se encuentren en situaci\u00f3n de vulnerabilidad; <\/li>\n<li>Articular la eventual entrega de peque\u00f1as ayudas econ\u00f3micas destinadas a los nacionales de las Partes, lo cual se regir\u00e1 por las normas y los procedimientos establecidos por el Estado de la nacionalidad de la persona afectada y en conformidad con las normas de la Parte que brindar\u00e1 la asistencia; <\/li>\n<li>Coordinar la asistencia humanitaria a personas accidentadas o en situaciones de emergencia e informar al respecto, a trav\u00e9s del punto focal del Estado de la nacionalidad de la persona; <\/li>\n<li>Informar a parientes o personas allegadas sobre accidentes, fallecimientos o cat\u00e1strofes, a trav\u00e9s del punto focal correspondiente; <\/li>\n<li>Permitir la utilizaci\u00f3n de la direcci\u00f3n postal de la Oficina Consular para la recepci\u00f3n de la correspondencia privada de las personas afectadas de las Partes.<\/li>\n<li>Asistir a los nacionales de las Partes en aquellas situaciones en que se vean afectados sus derechos humanos; as\u00ed como ante hechos o manifestaciones de racismo o xenofobia de las que pudieran ser v\u00edctimas. <\/li>\n<\/ol>\n<p><b>ART\u00cdCULO 5<\/b> <b>OBLIGACIONES DE LAS PARTES<\/b> <\/p>\n<p>Las Partes comunicar\u00e1n la vigencia del presente Mecanismo a los terceros Estados, conforme a lo establecido en el art\u00edculo 8 \u201cEjercicio de funciones consulares por cuenta de un tercer Estado\u201d de la Convenci\u00f3n de Viena sobre Relaciones Consulares. <\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 6<\/b> <b>FINANCIAMIENTO<\/b> <\/p>\n<p>La aplicaci\u00f3n del Mecanismo no generar\u00e1 gastos para la Parte que preste la cooperaci\u00f3n o asistencia consular. <\/p>\n<p>Los costos de los bienes y servicios brindados por terceros que pudiera generar la cooperaci\u00f3n consular ser\u00e1n solventados por el Estado de nacionalidad del beneficiario o seg\u00fan acuerden las Partes involucradas, de conformidad con sus marcos normativos internos. <\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 7<\/b> <b>REUNIONES<\/b> <\/p>\n<p>Los jefes de las oficinas consulares de las Partes acreditados en una misma circunscripci\u00f3n realizar\u00e1n reuniones peri\u00f3dicas de car\u00e1cter informativo y de coordinaci\u00f3n. <\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 8<\/b> <b>PUNTOS FOCALES<\/b> <\/p>\n<p>A efectos de coordinaci\u00f3n e intercambio de informaci\u00f3n del Mecanismo, los puntos focales de las Partes ser\u00e1n las Direcciones Generales de Asuntos Consulares o equivalentes de las respectivas Canciller\u00edas. <\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 9<\/b> <b>SEGUIMIENTO Y EVALUACI\u00d3N DEL MECANISMO<\/b> <\/p>\n<p>El seguimiento y la evaluaci\u00f3n del Mecanismo estar\u00e1n a cargo del Grupo de Trabajo sobre Asuntos Consulares y Jur\u00eddicos, o sus sucesores, en el \u00e1mbito del cual se mantendr\u00e1n actualizados los datos de las respectivas redes consulares y se elaborar\u00e1n gu\u00edas y pautas operativas para la aplicaci\u00f3n del Mecanismo. <\/p>\n<p>Cada Parte ser\u00e1 responsable de la elaboraci\u00f3n de dichas gu\u00edas y pautas para sus nacionales. <\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/www.abc.com.py\/internacionales\/2026\/02\/20\/paraguay-amplia-acuerdo-migratorio-y-podrian-enviar-a-rechazados-por-eeuu\/\">Paraguay firma ampliaci\u00f3n de acuerdo migratorio y que permitir\u00eda enviar a rechazados por EE.UU.<\/a><\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 10<\/b> <b>SOLUCI\u00d3N DE CONTROVERSIAS<\/b> <\/p>\n<p>Las controversias que surjan sobre la interpretaci\u00f3n, la aplicaci\u00f3n o el incumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo entre los Estados Partes del Mercosur se resolver\u00e1n por el sistema de soluci\u00f3n de controversias vigente en el Mercosur.<\/p>\n<p>Las controversias que surjan sobre la interpretaci\u00f3n, la aplicaci\u00f3n, o el incumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo entre uno o m\u00e1s Estados Partes del Mercosur y uno o m\u00e1s Estados Asociados, as\u00ed como entre uno o m\u00e1s Estados Asociados, se resolver\u00e1n mediante negociaciones directas entre las partes en la controversia. <\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 11<\/b> <b>VIGENCIA<\/b> <\/p>\n<p>El presente Acuerdo entrar\u00e1 en vigor treinta 30 d\u00edas despu\u00e9s del dep\u00f3sito del instrumento de ratificaci\u00f3n por el cuarto Estado Parte del Mercosur. <\/p>\n<p>Para los Estados Asociados, el Acuerdo entrar\u00e1 en vigor una vez que todos los Estados Partes del Mercosur lo hayan ratificado. Si lo hubieran ratificado con anterioridad a esa fecha, el Acuerdo entrar\u00e1 en vigor para los Estados Asociados en la misma fecha que para los Estados Partes. <\/p>\n<p>Para los Estados Asociados que no lo hubieran ratificado con anterioridad a esa fecha, el Acuerdo entrar\u00e1 en vigor el mismo d\u00eda en que se deposite el respectivo instrumento de ratificaci\u00f3n. <\/p>\n<p>Los derechos y obligaciones derivados del Acuerdo se aplicar\u00e1n solamente a los Estados que lo hayan ratificado. <\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 12<\/b> <b>ADHESI\u00d3N<\/b> <\/p>\n<p>El presente acuerdo est\u00e1 abierto a la adhesi\u00f3n de los Estados Asociados del Mercosur. <\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 13<\/b> <b>DEP\u00d3SITO<\/b> <\/p>\n<p>La Rep\u00fablica del Paraguay ser\u00e1 depositaria del presente Acuerdo y de los respectivos instrumentos de ratificaci\u00f3n, debiendo notificar a las Partes la fecha de los dep\u00f3sitos de esos instrumentos y de la entrada en vigor del Acuerdo, as\u00ed como enviarles copia debidamente autenticada del mismo. <\/p>\n<p>\u00a0La C\u00e1mara de Diputados, en sesi\u00f3n ordinaria de este martes, prev\u00e9 tratar en el cuarto punto del orden del d\u00eda, el \u201cAcuerdo sobre el Mecanismo de Cooperaci\u00f3n Consular entre los Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados\u201d, firmador el 16 de julio de 2019 en Santa Fe, Argentina. El entendimiento ya tiene media sanci\u00f3n de la C\u00e1mara de Senadores. El documento indica que Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay, en calidad de Estados Partes, Bolivia y Chile, Estados Asociados, son partes del presente acuerdo. El entendimiento es de amplio alcance y apunta a establecer el mecanismo de cooperaci\u00f3n consular, en beneficio de los nacionales de las partes que se encuentren en una determinada ciudad, regi\u00f3n o pa\u00eds donde no exista representaci\u00f3n diplom\u00e1tica o consular residente del Estado de su nacionalidad.Los signatarios reafirman \u201cla prioridad que asignan a la concreci\u00f3n de objetivos que beneficien directamente a los nacionales de los Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados\u201d. Reconocen \u201cla labor desarrollada por el Mercosur en relaci\u00f3n con el establecimiento de un mecanismo de cooperaci\u00f3n consular\u201d. Ratifican la importancia que otorga el Mercosur al desarrollo y profundizaci\u00f3n del Mecanismo de Cooperaci\u00f3n Consular\u00bb vigente en el bloque regional.Los Estados se\u00f1alan que es de inter\u00e9s profundizar, ampliar y actualizar la cooperaci\u00f3n y el apoyo rec\u00edproco en materia consular, con el objetivo de que sus nacionales puedan acceder a la protecci\u00f3n y asistencia de cualquier Representaci\u00f3n Consular de otra Parte en el territorio de un tercer Estado, en el caso de que all\u00ed no existiere representaci\u00f3n del Estado de su nacionalidad.Pa\u00edses del Mercosur abordan en Paraguay iniciativas para fortalecer cooperaci\u00f3n migratoriaEl acuerdoART\u00cdCULO 1 OBJETIVO Establecer el Mecanismo de Cooperaci\u00f3n Consular del Mercosur (en adelante, el Mecanismo), en beneficio de los nacionales de las Partes que se encuentren en una determinada ciudad, regi\u00f3n o pa\u00eds donde no exista Representaci\u00f3n Diplom\u00e1tica o Consular residente del Estado de su nacionalidad. ART\u00cdCULO 2 PRINCIPIOS Las acciones de cooperaci\u00f3n consular que se desarrollen en el marco del Mecanismo se regir\u00e1n por los siguientes principios: El respeto de las normas del Derecho Internacional y, en particular, de la Convenci\u00f3n de Viena sobre Relaciones Consulares, as\u00ed como de las normas internas del Estado que llevar\u00e1 a cabo la asistencia y del Estado del solicitante; La solidaridad y la cooperaci\u00f3n entre las Partes; La defensa de los Derechos Humanos. ART\u00cdCULO 3 \u00c1MBITO DE APLICACI\u00d3N El Mecanismo establecido en el presente Acuerdo operar\u00e1 en los siguientes casos: Situaciones de emergencia, necesidad o alta vulnerabilidad, calificada y comprobada por el representante consular correspondiente o la entidad designada por cada una de las Partes; Cuando se trate de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes acompa\u00f1ados o no; personas vulnerables, tales como v\u00edctimas de violencia intrafamiliar; v\u00edctimas de trata de personas; y personas en estado de indigencia, entre otros; Cuando un nacional de una de las Partes se encuentre privado de su libertad, siempre que lo solicite el Estado de la nacionalidad de la persona afectada; En caso de repatriaci\u00f3n de personas en estado de alta vulnerabilidad, a petici\u00f3n del Estado de la nacionalidad de la persona afectada, lo cual se regir\u00e1 por las normas y procedimientos establecidos por dicho Estado; Ante cat\u00e1strofes naturales o antropog\u00e9nicas, siempre que lo solicite el Estado de la nacionalidad de la persona afectada; Ante la necesidad de intercambio de informaci\u00f3n relacionada con legalizaciones de documentos, cuando las Partes as\u00ed lo requieran, a fin de confirmar su autenticidad; y En otros casos que pudieran ser objeto de asistencia consular, a criterio del Estado requirente. Convenio para que Paraguay reciba a migrantes que rechaza EE.UU. es \u201cabsolutamente irregular\u201d, dice senadorART\u00cdCULO 4 ACCIONES EN MATERIA DE COOPERACI\u00d3N CONSULAR Las acciones de cooperaci\u00f3n consular ser\u00e1n las siguientes: Colaborar en la b\u00fasqueda de paradero de nacionales de una Parte; Informar a los nacionales de las Partes sobre los derechos y deberes que poseen en el Estado receptor, y en particular, sobre el derecho a la notificaci\u00f3n consular de conformidad con el art\u00edculo 36 de la Convenci\u00f3n de Viena sobre Relaciones Consulares; Recibir consultas y orientar a los nacionales de las Partes sobre el ordenamiento normativo local; Servir de canal para las comunicaciones correspondientes entre el nacional y las autoridades del Estado receptor; Canalizar las solicitudes de los documentos de viaje, as\u00ed como otro tipo de documentos, de los nacionales de las Partes, en coordinaci\u00f3n con las autoridades respectivas; y efectuar la entrega de los mismos a los solicitantes; Velar, dentro de los l\u00edmites que impongan las leyes y reglamentos del Estado receptor, por los intereses de los nacionales de las Partes, cuando \u00e9stos se encuentren privados de la libertad o en un proceso de deportaci\u00f3n; Coordinar con el Estado de nacionalidad de la persona afectada las acciones pertinentes al caso; Coordinar con el Estado de la nacionalidad de la persona procesos de repatriaci\u00f3n en casos de alta vulnerabilidad, lo cual se regir\u00e1 por las normas y procedimientos establecidos por su Estado; Gestionar asistencia ante las autoridades competentes del Estado receptor y\/u organismos internacionales y\/u organizaciones no gubernamentales, especialmente con fines humanitarios, a favor de aquellos nacionales de las Partes que se encuentren en situaci\u00f3n de vulnerabilidad; Articular la eventual entrega de peque\u00f1as ayudas econ\u00f3micas destinadas a los nacionales de las Partes, lo cual se regir\u00e1 por las normas y los procedimientos establecidos por el Estado de la nacionalidad de la persona afectada y en conformidad con las normas de la Parte que brindar\u00e1 la asistencia; Coordinar la asistencia humanitaria a personas accidentadas o en situaciones de emergencia e informar al respecto, a trav\u00e9s del punto focal del Estado de la nacionalidad de la persona; Informar a parientes o personas allegadas sobre accidentes, fallecimientos o cat\u00e1strofes, a trav\u00e9s del punto focal correspondiente; Permitir la utilizaci\u00f3n de la direcci\u00f3n postal de la Oficina Consular para la recepci\u00f3n de la correspondencia privada de las personas afectadas de las Partes.Asistir a los nacionales de las Partes en aquellas situaciones en que se vean afectados sus derechos humanos; as\u00ed como ante hechos o manifestaciones de racismo o xenofobia de las que pudieran ser v\u00edctimas. ART\u00cdCULO 5 OBLIGACIONES DE LAS PARTES Las Partes comunicar\u00e1n la vigencia del presente Mecanismo a los terceros Estados, conforme a lo establecido en el art\u00edculo 8 \u201cEjercicio de funciones consulares por cuenta de un tercer Estado\u201d de la Convenci\u00f3n de Viena sobre Relaciones Consulares. ART\u00cdCULO 6 FINANCIAMIENTO La aplicaci\u00f3n del Mecanismo no generar\u00e1 gastos para la Parte que preste la cooperaci\u00f3n o asistencia consular. Los costos de los bienes y servicios brindados por terceros que pudiera generar la cooperaci\u00f3n consular ser\u00e1n solventados por el Estado de nacionalidad del beneficiario o seg\u00fan acuerden las Partes involucradas, de conformidad con sus marcos normativos internos. ART\u00cdCULO 7 REUNIONES Los jefes de las oficinas consulares de las Partes acreditados en una misma circunscripci\u00f3n realizar\u00e1n reuniones peri\u00f3dicas de car\u00e1cter informativo y de coordinaci\u00f3n. ART\u00cdCULO 8 PUNTOS FOCALES A efectos de coordinaci\u00f3n e intercambio de informaci\u00f3n del Mecanismo, los puntos focales de las Partes ser\u00e1n las Direcciones Generales de Asuntos Consulares o equivalentes de las respectivas Canciller\u00edas. ART\u00cdCULO 9 SEGUIMIENTO Y EVALUACI\u00d3N DEL MECANISMO El seguimiento y la evaluaci\u00f3n del Mecanismo estar\u00e1n a cargo del Grupo de Trabajo sobre Asuntos Consulares y Jur\u00eddicos, o sus sucesores, en el \u00e1mbito del cual se mantendr\u00e1n actualizados los datos de las respectivas redes consulares y se elaborar\u00e1n gu\u00edas y pautas operativas para la aplicaci\u00f3n del Mecanismo. Cada Parte ser\u00e1 responsable de la elaboraci\u00f3n de dichas gu\u00edas y pautas para sus nacionales. Paraguay firma ampliaci\u00f3n de acuerdo migratorio y que permitir\u00eda enviar a rechazados por EE.UU.ART\u00cdCULO 10 SOLUCI\u00d3N DE CONTROVERSIAS Las controversias que surjan sobre la interpretaci\u00f3n, la aplicaci\u00f3n o el incumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo entre los Estados Partes del Mercosur se resolver\u00e1n por el sistema de soluci\u00f3n de controversias vigente en el Mercosur.Las controversias que surjan sobre la interpretaci\u00f3n, la aplicaci\u00f3n, o el incumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo entre uno o m\u00e1s Estados Partes del Mercosur y uno o m\u00e1s Estados Asociados, as\u00ed como entre uno o m\u00e1s Estados Asociados, se resolver\u00e1n mediante negociaciones directas entre las partes en la controversia. ART\u00cdCULO 11 VIGENCIA El presente Acuerdo entrar\u00e1 en vigor treinta 30 d\u00edas despu\u00e9s del dep\u00f3sito del instrumento de ratificaci\u00f3n por el cuarto Estado Parte del Mercosur. Para los Estados Asociados, el Acuerdo entrar\u00e1 en vigor una vez que todos los Estados Partes del Mercosur lo hayan ratificado. Si lo hubieran ratificado con anterioridad a esa fecha, el Acuerdo entrar\u00e1 en vigor para los Estados Asociados en la misma fecha que para los Estados Partes. Para los Estados Asociados que no lo hubieran ratificado con anterioridad a esa fecha, el Acuerdo entrar\u00e1 en vigor el mismo d\u00eda en que se deposite el respectivo instrumento de ratificaci\u00f3n. Los derechos y obligaciones derivados del Acuerdo se aplicar\u00e1n solamente a los Estados que lo hayan ratificado. ART\u00cdCULO 12 ADHESI\u00d3N El presente acuerdo est\u00e1 abierto a la adhesi\u00f3n de los Estados Asociados del Mercosur. ART\u00cdCULO 13 DEP\u00d3SITO La Rep\u00fablica del Paraguay ser\u00e1 depositaria del presente Acuerdo y de los respectivos instrumentos de ratificaci\u00f3n, debiendo notificar a las Partes la fecha de los dep\u00f3sitos de esos instrumentos y de la entrada en vigor del Acuerdo, as\u00ed como enviarles copia debidamente autenticada del mismo.\u00a0\u00a0<\/p>\n<header class=\"\">\n<section class=\"trending-topics\">\n<div class=\"container\">\n<div class=\"section-content\">\n<div class=\"trending-topics-list w-100\">\n<ul>\n<li><a href=\"https:\/\/www.abc.com.py\/mundialxabc\/\" class=\"article-title\">MundialXABC<\/a><\/li>\n<li><a href=\"https:\/\/www.abc.com.py\/abc-color\/2026\/06\/09\/mundialxabc-queres-visitar-la-casa-de-los-paraguayos-en-nueva-york\/\" class=\"article-title\">La Casa de los Paraguayos<\/a><\/li>\n<li><a href=\"https:\/\/www.abc.com.py\/empleos\/\" class=\"article-title\">ABC EMPLEOS<\/a><\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/section>\n<section class=\"main-content\">\n<div class=\"article-wrapper\">\n<div class=\"article-container\">\n<div>\n<div class=\"article-heading\">\n<div class=\"article-top-heading\">\n<p><a href=\"https:\/\/www.abc.com.py\/politica\/\">Pol\u00edtica<\/a><\/p>\n<p>19 de junio de 2026 a la &#8211; 19:25<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<div class=\"article-main-media\">\n<div class=\"slider-article-main-media\">\n<div class=\"slide\">\n<figure><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.abc.com.py\/resizer\/v2\/TO7CTNHJWVDPRMREFB24RF7RKI.jpg?auth=88a71897085e6cc430ce16d9b3eb3159f68c64527220d1acf2fc1ddfa2306f70&amp;width=400&amp;smart=true\" alt=\"La C\u00e1mara de Diputados prev\u00e9 tratar el pr\u00f3ximo mi\u00e9rcoles el \u201cAcuerdo sobre el Mecanismo de Cooperaci\u00f3n Consular entre los Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados\u201d. EFE\/ Bienvenido Velasco\n\" width=\"770\" height=\"495\" \/><figcaption class=\"noreadme-audima\">La C\u00e1mara de Diputados prev\u00e9 tratar el pr\u00f3ximo mi\u00e9rcoles el \u201cAcuerdo sobre el Mecanismo de Cooperaci\u00f3n Consular entre los Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados\u201d. EFE\/ Bienvenido Velasco<br \/>\nBienvenido Velasco<\/figcaption><\/figure>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<div class=\"article-heading\">\n<h2>La C\u00e1mara de Diputados prev\u00e9 tratar el pr\u00f3ximo martes el  \u201cAcuerdo sobre el Mecanismo de Cooperaci\u00f3n Consular entre los Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados\u201d, firmado en el 2019 en Santa Fe, Argentina. El entendimiento es de amplio alcance y apunta a los mecanismos de cooperaci\u00f3n consular, en beneficio de los nacionales, de las partes que se encuentren en una determinada ciudad, regi\u00f3n o pa\u00eds donde no exista representaci\u00f3n diplom\u00e1tica o consular residente del Estado de su nacionalidad.<\/h2>\n<div class=\"article-heading-bottom clearfix\">\n<div class=\"article-meta\">\n<p>Por ABC Color<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<div class=\"article-content\">\n<article>\n<p>La <a href=\"https:\/\/www.abc.com.py\/tag\/camara-de-diputados\/\" target=\"_self\" rel=\"\" title=\"https:\/\/www.abc.com.py\/tag\/camara-de-diputados\/\"><b>C\u00e1mara de Diputados<\/b><\/a>, en sesi\u00f3n ordinaria de este martes, prev\u00e9 tratar en el cuarto punto del orden del d\u00eda, el <b>\u201cAcuerdo sobre el Mecanismo de Cooperaci\u00f3n Consular entre los Estados Partes del <\/b><a href=\"https:\/\/www.abc.com.py\/tag\/mercado-comun-del-sur-mercosur\/\" target=\"_self\" rel=\"\" title=\"https:\/\/www.abc.com.py\/tag\/mercado-comun-del-sur-mercosur\/\"><b>Mercosur<\/b><\/a><b> y Estados Asociados\u201d,<\/b> firmador el <b>16 de julio de 2019 en Santa Fe, Argentina. <\/b><\/p>\n<p>El entendimiento ya tiene media sanci\u00f3n de la <b>C\u00e1mara de Senadores.<\/b> El documento indica que<b> Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay<\/b>, en calidad de Estados Partes,<b> Bolivia y Chile,<\/b> Estados Asociados, son partes del presente acuerdo. <\/p>\n<p>El entendimiento es de amplio alcance y apunta a establecer el <b>mecanismo de cooperaci\u00f3n consular, en beneficio de los nacionales <\/b>de las partes que se encuentren en una determinada ciudad, regi\u00f3n o pa\u00eds<b> donde no exista representaci\u00f3n diplom\u00e1tica o consular <\/b>residente del Estado de su nacionalidad.<\/p>\n<p>Los signatarios reafirman \u201cla prioridad que asignan a la concreci\u00f3n de <b>objetivos que beneficien directamente a los nacionales<\/b> de los Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados\u201d. <\/p>\n<p>Reconocen \u201cla labor desarrollada por el <a href=\"https:\/\/www.abc.com.py\/politica\/2026\/06\/04\/canciller-afirma-que-mercosur-debe-mejorar-y-ampliar-su-proyeccion-internacional\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer\" title=\"https:\/\/www.abc.com.py\/politica\/2026\/06\/04\/canciller-afirma-que-mercosur-debe-mejorar-y-ampliar-su-proyeccion-internacional\/\"><b>Mercosur<\/b><\/a> en relaci\u00f3n con el establecimiento de un <b>mecanismo de cooperaci\u00f3n consular<\/b>\u201d. Ratifican la importancia que otorga el Mercosur al desarrollo y <b>profundizaci\u00f3n <\/b>del Mecanismo de Cooperaci\u00f3n Consular\u00bb vigente en el bloque regional.<\/p>\n<p class=\"whatsapp-button-container\"><a href=\"https:\/\/whatsapp.com\/channel\/0029VaCI7p3KgsNxDKjlyd0P\" class=\"wa-channel-btn\" target=\"_blank\">Unite al canal de ABC en WhatsApp<\/a><\/p>\n<p>Los Estados se\u00f1alan que es de inter\u00e9s profundizar, ampliar y actualizar la cooperaci\u00f3n y el apoyo rec\u00edproco en materia consular, con el objetivo de que sus nacionales puedan acceder a la protecci\u00f3n y asistencia de cualquier Representaci\u00f3n Consular de otra Parte en el territorio de un tercer Estado, <b>en el caso de que all\u00ed no existiere representaci\u00f3n del Estado de su nacionalidad.<\/b><\/p>\n<p class=\"insertitial-link noreadme-audima\"><strong>Lea m\u00e1s:<\/strong> <a href=\"https:\/\/www.abc.com.py\/nacionales\/2026\/05\/19\/paises-del-mercosur-abordan-en-paraguay-iniciativas-para-fortalecer-cooperacion-migratoria\/\">Pa\u00edses del Mercosur abordan en Paraguay iniciativas para fortalecer cooperaci\u00f3n migratoria<\/a><\/p>\n<h2>El acuerdo<\/h2>\n<p><b>ART\u00cdCULO 1<\/b> <b>OBJETIVO<\/b> <\/p>\n<p>Establecer el Mecanismo de Cooperaci\u00f3n Consular del Mercosur (en adelante, el Mecanismo), en beneficio de los nacionales de las Partes que se encuentren en una determinada ciudad, regi\u00f3n o pa\u00eds donde no exista Representaci\u00f3n Diplom\u00e1tica o Consular residente del Estado de su nacionalidad. <\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 2<\/b> <b>PRINCIPIOS<\/b> <\/p>\n<p>Las acciones de cooperaci\u00f3n consular que se desarrollen en el marco del Mecanismo se regir\u00e1n por los siguientes principios: <\/p>\n<ol>\n<li>El respeto de las normas del Derecho Internacional y, en particular, de la Convenci\u00f3n de Viena sobre Relaciones Consulares, as\u00ed como de las normas internas del Estado que llevar\u00e1 a cabo la asistencia y del Estado del solicitante; <\/li>\n<li>La solidaridad y la cooperaci\u00f3n entre las Partes; <\/li>\n<li>La defensa de los Derechos Humanos. <\/li>\n<\/ol>\n<p><b>ART\u00cdCULO 3<\/b> <b>\u00c1MBITO DE APLICACI\u00d3N<\/b> <\/p>\n<p>El Mecanismo establecido en el presente Acuerdo operar\u00e1 en los siguientes casos: <\/p>\n<ol>\n<li>Situaciones de emergencia, necesidad o alta vulnerabilidad, calificada y comprobada por el representante consular correspondiente o la entidad designada por cada una de las Partes; <\/li>\n<li>Cuando se trate de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes acompa\u00f1ados o no; personas vulnerables, tales como v\u00edctimas de violencia intrafamiliar; v\u00edctimas de trata de personas; y personas en estado de indigencia, entre otros; <\/li>\n<li>Cuando un nacional de una de las Partes se encuentre privado de su libertad, siempre que lo solicite el Estado de la nacionalidad de la persona afectada; <\/li>\n<li>En caso de repatriaci\u00f3n de personas en estado de alta vulnerabilidad, a petici\u00f3n del Estado de la nacionalidad de la persona afectada, lo cual se regir\u00e1 por las normas y procedimientos establecidos por dicho Estado; <\/li>\n<li>Ante cat\u00e1strofes naturales o antropog\u00e9nicas, siempre que lo solicite el Estado de la nacionalidad de la persona afectada; <\/li>\n<li>Ante la necesidad de intercambio de informaci\u00f3n relacionada con legalizaciones de documentos, cuando las Partes as\u00ed lo requieran, a fin de confirmar su autenticidad; y <\/li>\n<li>En otros casos que pudieran ser objeto de asistencia consular, a criterio del Estado requirente. <\/li>\n<\/ol>\n<p class=\"insertitial-link noreadme-audima\"><strong>Lea m\u00e1s:<\/strong> <a href=\"https:\/\/www.abc.com.py\/politica\/2026\/04\/22\/convenio-para-que-paraguay-reciba-a-migrantes-que-rechaza-eeuu-es-absolutamente-irregular-dice-senador\/\">Convenio para que Paraguay reciba a migrantes que rechaza EE.UU. es \u201cabsolutamente irregular\u201d, dice senador<\/a><\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 4<\/b> <b>ACCIONES EN MATERIA DE COOPERACI\u00d3N CONSULAR<\/b> <\/p>\n<p>Las acciones de cooperaci\u00f3n consular ser\u00e1n las siguientes: <\/p>\n<ol>\n<li>Colaborar en la b\u00fasqueda de paradero de nacionales de una Parte; <\/li>\n<li>Informar a los nacionales de las Partes sobre los derechos y deberes que poseen en el Estado receptor, y en particular, sobre el derecho a la notificaci\u00f3n consular de conformidad con el art\u00edculo 36 de la Convenci\u00f3n de Viena sobre Relaciones Consulares; <\/li>\n<li>Recibir consultas y orientar a los nacionales de las Partes sobre el ordenamiento normativo local; <\/li>\n<li>Servir de canal para las comunicaciones correspondientes entre el nacional y las autoridades del Estado receptor; <\/li>\n<li>Canalizar las solicitudes de los documentos de viaje, as\u00ed como otro tipo de documentos, de los nacionales de las Partes, en coordinaci\u00f3n con las autoridades respectivas; y efectuar la entrega de los mismos a los solicitantes; <\/li>\n<li>Velar, dentro de los l\u00edmites que impongan las leyes y reglamentos del Estado receptor, por los intereses de los nacionales de las Partes, cuando \u00e9stos se encuentren privados de la libertad o en un proceso de deportaci\u00f3n; <\/li>\n<li>Coordinar con el Estado de nacionalidad de la persona afectada las acciones pertinentes al caso; <\/li>\n<li>Coordinar con el Estado de la nacionalidad de la persona procesos de repatriaci\u00f3n en casos de alta vulnerabilidad, lo cual se regir\u00e1 por las normas y procedimientos establecidos por su Estado; <\/li>\n<li>Gestionar asistencia ante las autoridades competentes del Estado receptor y\/u organismos internacionales y\/u organizaciones no gubernamentales, especialmente con fines humanitarios, a favor de aquellos nacionales de las Partes que se encuentren en situaci\u00f3n de vulnerabilidad; <\/li>\n<li>Articular la eventual entrega de peque\u00f1as ayudas econ\u00f3micas destinadas a los nacionales de las Partes, lo cual se regir\u00e1 por las normas y los procedimientos establecidos por el Estado de la nacionalidad de la persona afectada y en conformidad con las normas de la Parte que brindar\u00e1 la asistencia; <\/li>\n<li>Coordinar la asistencia humanitaria a personas accidentadas o en situaciones de emergencia e informar al respecto, a trav\u00e9s del punto focal del Estado de la nacionalidad de la persona; <\/li>\n<li>Informar a parientes o personas allegadas sobre accidentes, fallecimientos o cat\u00e1strofes, a trav\u00e9s del punto focal correspondiente; <\/li>\n<li>Permitir la utilizaci\u00f3n de la direcci\u00f3n postal de la Oficina Consular para la recepci\u00f3n de la correspondencia privada de las personas afectadas de las Partes.<\/li>\n<li>Asistir a los nacionales de las Partes en aquellas situaciones en que se vean afectados sus derechos humanos; as\u00ed como ante hechos o manifestaciones de racismo o xenofobia de las que pudieran ser v\u00edctimas. <\/li>\n<\/ol>\n<p><b>ART\u00cdCULO 5<\/b> <b>OBLIGACIONES DE LAS PARTES<\/b> <\/p>\n<p>Las Partes comunicar\u00e1n la vigencia del presente Mecanismo a los terceros Estados, conforme a lo establecido en el art\u00edculo 8 \u201cEjercicio de funciones consulares por cuenta de un tercer Estado\u201d de la Convenci\u00f3n de Viena sobre Relaciones Consulares. <\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 6<\/b> <b>FINANCIAMIENTO<\/b> <\/p>\n<p>La aplicaci\u00f3n del Mecanismo no generar\u00e1 gastos para la Parte que preste la cooperaci\u00f3n o asistencia consular. <\/p>\n<p>Los costos de los bienes y servicios brindados por terceros que pudiera generar la cooperaci\u00f3n consular ser\u00e1n solventados por el Estado de nacionalidad del beneficiario o seg\u00fan acuerden las Partes involucradas, de conformidad con sus marcos normativos internos. <\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 7<\/b> <b>REUNIONES<\/b> <\/p>\n<p>Los jefes de las oficinas consulares de las Partes acreditados en una misma circunscripci\u00f3n realizar\u00e1n reuniones peri\u00f3dicas de car\u00e1cter informativo y de coordinaci\u00f3n. <\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 8<\/b> <b>PUNTOS FOCALES<\/b> <\/p>\n<p>A efectos de coordinaci\u00f3n e intercambio de informaci\u00f3n del Mecanismo, los puntos focales de las Partes ser\u00e1n las Direcciones Generales de Asuntos Consulares o equivalentes de las respectivas Canciller\u00edas. <\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 9<\/b> <b>SEGUIMIENTO Y EVALUACI\u00d3N DEL MECANISMO<\/b> <\/p>\n<p>El seguimiento y la evaluaci\u00f3n del Mecanismo estar\u00e1n a cargo del Grupo de Trabajo sobre Asuntos Consulares y Jur\u00eddicos, o sus sucesores, en el \u00e1mbito del cual se mantendr\u00e1n actualizados los datos de las respectivas redes consulares y se elaborar\u00e1n gu\u00edas y pautas operativas para la aplicaci\u00f3n del Mecanismo. <\/p>\n<p>Cada Parte ser\u00e1 responsable de la elaboraci\u00f3n de dichas gu\u00edas y pautas para sus nacionales. <\/p>\n<p class=\"insertitial-link noreadme-audima\"><strong>Lea m\u00e1s:<\/strong> <a href=\"https:\/\/www.abc.com.py\/internacionales\/2026\/02\/20\/paraguay-amplia-acuerdo-migratorio-y-podrian-enviar-a-rechazados-por-eeuu\/\">Paraguay firma ampliaci\u00f3n de acuerdo migratorio y que permitir\u00eda enviar a rechazados por EE.UU.<\/a><\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 10<\/b> <b>SOLUCI\u00d3N DE CONTROVERSIAS<\/b> <\/p>\n<p>Las controversias que surjan sobre la interpretaci\u00f3n, la aplicaci\u00f3n o el incumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo entre los Estados Partes del Mercosur se resolver\u00e1n por el sistema de soluci\u00f3n de controversias vigente en el Mercosur.<\/p>\n<p>Las controversias que surjan sobre la interpretaci\u00f3n, la aplicaci\u00f3n, o el incumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo entre uno o m\u00e1s Estados Partes del Mercosur y uno o m\u00e1s Estados Asociados, as\u00ed como entre uno o m\u00e1s Estados Asociados, se resolver\u00e1n mediante negociaciones directas entre las partes en la controversia. <\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 11<\/b> <b>VIGENCIA<\/b> <\/p>\n<p>El presente Acuerdo entrar\u00e1 en vigor treinta 30 d\u00edas despu\u00e9s del dep\u00f3sito del instrumento de ratificaci\u00f3n por el cuarto Estado Parte del Mercosur. <\/p>\n<p>Para los Estados Asociados, el Acuerdo entrar\u00e1 en vigor una vez que todos los Estados Partes del Mercosur lo hayan ratificado. Si lo hubieran ratificado con anterioridad a esa fecha, el Acuerdo entrar\u00e1 en vigor para los Estados Asociados en la misma fecha que para los Estados Partes. <\/p>\n<p>Para los Estados Asociados que no lo hubieran ratificado con anterioridad a esa fecha, el Acuerdo entrar\u00e1 en vigor el mismo d\u00eda en que se deposite el respectivo instrumento de ratificaci\u00f3n. <\/p>\n<p>Los derechos y obligaciones derivados del Acuerdo se aplicar\u00e1n solamente a los Estados que lo hayan ratificado. <\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 12<\/b> <b>ADHESI\u00d3N<\/b> <\/p>\n<p>El presente acuerdo est\u00e1 abierto a la adhesi\u00f3n de los Estados Asociados del Mercosur. <\/p>\n<p><b>ART\u00cdCULO 13<\/b> <b>DEP\u00d3SITO<\/b> <\/p>\n<p>La Rep\u00fablica del Paraguay ser\u00e1 depositaria del presente Acuerdo y de los respectivos instrumentos de ratificaci\u00f3n, debiendo notificar a las Partes la fecha de los dep\u00f3sitos de esos instrumentos y de la entrada en vigor del Acuerdo, as\u00ed como enviarles copia debidamente autenticada del mismo. <\/p>\n<\/article>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/section>\n<\/header>\n<p>\u00a0RSS Nacionales en ABC Color<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La C\u00e1mara de Diputados, en sesi\u00f3n ordinaria de este martes, prev\u00e9 tratar en el cuarto punto del orden del d\u00eda, el \u201cAcuerdo sobre el Mecanismo de Cooperaci\u00f3n Consular entre los Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados\u201d, firmador el 16 de julio de 2019 en Santa Fe, Argentina. 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