La jueza penal de Garantías Alicia Pedrozo resolvió este martes mantener la prisión preventiva de Andrés Ramón Cardozo Aguilar, funcionario del Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), imputado por supuestamente matar a tiros al perro de su vecina. El hombre seguirá privado de libertad mientras avanza el proceso.
La magistrada, titular del Juzgado Penal de Garantías N.º 2 de la Capital, rechazó la revisión de medidas pedida por la defensa en la causa 3861/2026. Lo hizo mediante el A.I. N.º 1127.
Crueldad animal: prisión preventiva para funcionario del MEC por matar a un perro
Defensa ofreció arraigo, fianzas y permiso para trabajar
El abogado Lauro Cardozo había solicitado arresto domiciliario con control aleatorio de la comisaría de la zona. Pidió además permiso para que su cliente siga yendo a su trabajo en horario diurno, donde es funcionario desde hace más de 16 años.
Para respaldar el pedido, presentó el certificado de vida y residencia de la concubina del imputado, que vive lejos del lugar del hecho, y ofreció la fianza personal.
Llamó la atención que la fiscala Laura Finestra no se opuso. La agente fiscal aceptó que el acusado cumpla arresto domiciliario en un domicilio alejado de la denunciante. Su única condición fue que se le prohíba acercarse a la víctima mientras dure el proceso. Tampoco objetó el permiso laboral.
Crueldad animal: condenan a un hombre que mató a perro porque su dueña no le dio dinero
La jueza no vio “hechos nuevos” y apeló a la gravedad del caso
Pedrozo sostuvo que la defensa no acreditó ningún hecho nuevo que modifique los presupuestos de la prisión preventiva, dictada el 4 de septiembre. Según el auto, los documentos presentados no alcanzan para concederle una medida menos gravosa.
La resolución se apoya en gran medida en la gravedad del hecho. Recuerda que la Ley 7513/2025 reconoce a los animales como seres sintientes y que la crueldad con resultado de muerte puede castigarse con hasta seis años de cárcel. Agrega que la imputación por la Ley de Armas, por el uso del rifle en zona urbana, “eleva el peligro abstracto”.
El auto añade que los ataques suelen dirigirse contra mascotas de vecinos, por lo que un agresor en libertad sería una amenaza para testigos y denunciantes. Sostiene también que la forma del hecho denotaría desprecio por las normas de convivencia.
Un debate de fondo sobre la excepcionalidad de la medida
La propia resolución admite que la prisión preventiva solo procede cuando otras medidas no pueden controlar el peligro de fuga o de obstrucción. También reconoce que no afecta la presunción de inocencia. El artículo 245 del Código Procesal Penal, modificado por la Ley 6350/19, establece que el juez debe aplicar medidas alternativas cuando ese riesgo pueda evitarse.
El hecho ocurrió el 30 de agosto en el barrio Virgen de Luján de Asunción. Según la imputación, el perro, llamado Terry, murió a raíz de disparos tras una discusión por un terreno con la dueña del animal, Luz María Alcaraz. Cardozo Aguilar fue aprehendido por agentes de la comisaría 24.ª.
La defensa sostiene que el arma era de aire comprimido y no de fuego. Plantea que la causa de muerte del animal debe establecerse con necropsia y peritaje del rifle. La resolución ordena notificar y elevar copia a la Corte Suprema de Justicia.
La jueza penal de Garantías Alicia Pedrozo resolvió este martes mantener la prisión preventiva de Andrés Ramón Cardozo Aguilar, funcionario del Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), imputado por supuestamente matar a tiros al perro de su vecina. El hombre seguirá privado de libertad mientras avanza el proceso.La magistrada, titular del Juzgado Penal de Garantías N.º 2 de la Capital, rechazó la revisión de medidas pedida por la defensa en la causa 3861/2026. Lo hizo mediante el A.I. N.º 1127.Crueldad animal: prisión preventiva para funcionario del MEC por matar a un perroDefensa ofreció arraigo, fianzas y permiso para trabajarEl abogado Lauro Cardozo había solicitado arresto domiciliario con control aleatorio de la comisaría de la zona. Pidió además permiso para que su cliente siga yendo a su trabajo en horario diurno, donde es funcionario desde hace más de 16 años.Para respaldar el pedido, presentó el certificado de vida y residencia de la concubina del imputado, que vive lejos del lugar del hecho, y ofreció la fianza personal.Llamó la atención que la fiscala Laura Finestra no se opuso. La agente fiscal aceptó que el acusado cumpla arresto domiciliario en un domicilio alejado de la denunciante. Su única condición fue que se le prohíba acercarse a la víctima mientras dure el proceso. Tampoco objetó el permiso laboral.Crueldad animal: condenan a un hombre que mató a perro porque su dueña no le dio dineroLa jueza no vio “hechos nuevos” y apeló a la gravedad del casoPedrozo sostuvo que la defensa no acreditó ningún hecho nuevo que modifique los presupuestos de la prisión preventiva, dictada el 4 de septiembre. Según el auto, los documentos presentados no alcanzan para concederle una medida menos gravosa.La resolución se apoya en gran medida en la gravedad del hecho. Recuerda que la Ley 7513/2025 reconoce a los animales como seres sintientes y que la crueldad con resultado de muerte puede castigarse con hasta seis años de cárcel. Agrega que la imputación por la Ley de Armas, por el uso del rifle en zona urbana, “eleva el peligro abstracto”.El auto añade que los ataques suelen dirigirse contra mascotas de vecinos, por lo que un agresor en libertad sería una amenaza para testigos y denunciantes. Sostiene también que la forma del hecho denotaría desprecio por las normas de convivencia.Un debate de fondo sobre la excepcionalidad de la medidaLa propia resolución admite que la prisión preventiva solo procede cuando otras medidas no pueden controlar el peligro de fuga o de obstrucción. También reconoce que no afecta la presunción de inocencia. El artículo 245 del Código Procesal Penal, modificado por la Ley 6350/19, establece que el juez debe aplicar medidas alternativas cuando ese riesgo pueda evitarse.El hecho ocurrió el 30 de agosto en el barrio Virgen de Luján de Asunción. Según la imputación, el perro, llamado Terry, murió a raíz de disparos tras una discusión por un terreno con la dueña del animal, Luz María Alcaraz. Cardozo Aguilar fue aprehendido por agentes de la comisaría 24.ª.La defensa sostiene que el arma era de aire comprimido y no de fuego. Plantea que la causa de muerte del animal debe establecerse con necropsia y peritaje del rifle. La resolución ordena notificar y elevar copia a la Corte Suprema de Justicia.
20 de octubre de 2026 – 21:29
La jueza Alicia Pedrozo decidió mantener bajo prisión al funcionario del MEC imputado por matar a tiros al perro de su vecina, pese a que Fiscalía no se opuso al arresto domiciliario.
La jueza penal de Garantías Alicia Pedrozo resolvió este martes mantener la prisión preventiva de Andrés Ramón Cardozo Aguilar, funcionario del Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), imputado por supuestamente matar a tiros al perro de su vecina. El hombre seguirá privado de libertad mientras avanza el proceso.
La magistrada, titular del Juzgado Penal de Garantías N.º 2 de la Capital, rechazó la revisión de medidas pedida por la defensa en la causa 3861/2026. Lo hizo mediante el A.I. N.º 1127.
Lea más: Crueldad animal: prisión preventiva para funcionario del MEC por matar a un perro
Defensa ofreció arraigo, fianzas y permiso para trabajar
El abogado Lauro Cardozo había solicitado arresto domiciliario con control aleatorio de la comisaría de la zona. Pidió además permiso para que su cliente siga yendo a su trabajo en horario diurno, donde es funcionario desde hace más de 16 años.
Para respaldar el pedido, presentó el certificado de vida y residencia de la concubina del imputado, que vive lejos del lugar del hecho, y ofreció la fianza personal.
Llamó la atención que la fiscala Laura Finestra no se opuso. La agente fiscal aceptó que el acusado cumpla arresto domiciliario en un domicilio alejado de la denunciante. Su única condición fue que se le prohíba acercarse a la víctima mientras dure el proceso. Tampoco objetó el permiso laboral.
Lea más: Crueldad animal: condenan a un hombre que mató a perro porque su dueña no le dio dinero
La jueza no vio “hechos nuevos” y apeló a la gravedad del caso
Pedrozo sostuvo que la defensa no acreditó ningún hecho nuevo que modifique los presupuestos de la prisión preventiva, dictada el 4 de septiembre. Según el auto, los documentos presentados no alcanzan para concederle una medida menos gravosa.
La resolución se apoya en gran medida en la gravedad del hecho. Recuerda que la Ley 7513/2025 reconoce a los animales como seres sintientes y que la crueldad con resultado de muerte puede castigarse con hasta seis años de cárcel. Agrega que la imputación por la Ley de Armas, por el uso del rifle en zona urbana, “eleva el peligro abstracto”.
El auto añade que los ataques suelen dirigirse contra mascotas de vecinos, por lo que un agresor en libertad sería una amenaza para testigos y denunciantes. Sostiene también que la forma del hecho denotaría desprecio por las normas de convivencia.
Un debate de fondo sobre la excepcionalidad de la medida
La propia resolución admite que la prisión preventiva solo procede cuando otras medidas no pueden controlar el peligro de fuga o de obstrucción. También reconoce que no afecta la presunción de inocencia. El artículo 245 del Código Procesal Penal, modificado por la Ley 6350/19, establece que el juez debe aplicar medidas alternativas cuando ese riesgo pueda evitarse.
El hecho ocurrió el 30 de agosto en el barrio Virgen de Luján de Asunción. Según la imputación, el perro, llamado Terry, murió a raíz de disparos tras una discusión por un terreno con la dueña del animal, Luz María Alcaraz. Cardozo Aguilar fue aprehendido por agentes de la comisaría 24.ª.
La defensa sostiene que el arma era de aire comprimido y no de fuego. Plantea que la causa de muerte del animal debe establecerse con necropsia y peritaje del rifle. La resolución ordena notificar y elevar copia a la Corte Suprema de Justicia.
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