La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia resolvió, por voto en mayoría, dar trámite a las acciones de inconstitucionalidad promovidas por la exintendenta de Quyquyhó, Patricia Corvalán, y por el también acusado Andrés Alfredo Arrua Brítez. Ambos están procesados en una causa por presunta corrupción que habría generado un perjuicio económico a la municipalidad de dicha ciudad de G. 1.109 millones.
Esposa de diputado cartista Esteban Samaniego va a juicio oral por lesión de confianza
El punto central del reclamo radica en cuestionar la intervención del fuero especializado en Delitos Económicos y Corrupción. Los accionistas argumentan que se está afectando el principio del juez natural y denuncian una supuesta aplicación retroactiva de la ley.
En su presentación, Corvalán sostiene que la jurisdicción especializada fue creada con posterioridad a los hechos investigados y que, en su caso particular, no se alcanzarían los umbrales económicos mínimos que justifican la intervención de este tribunal específico. Por su parte, Arrua alega la vulneración de varios artículos constitucionales relacionados con el debido proceso y la seguridad jurídica.
Caso Esteban Samaniego: Patricia Corvalán y otros acusados seguirán con arresto domiciliario
Voto dividido en la máxima instancia
La decisión de la Corte no fue unánime. Los ministros César Diesel Junghanns y Víctor Ríos Ojeda votaron a favor de admitir las acciones, considerando que los escritos cumplen con los requisitos formales para ser analizados a fondo.
Sin embargo, el ministro Gustavo Santander Dans votó por el rechazo de entrada. Según su postura, los planteamientos carecen de fundamentos sólidos y solo demuestran una disconformidad con decisiones anteriores, lo cual no es suficiente para que la Corte intervenga en esta instancia.
Intendenta de Quyquyhó se jacta de “choza” construida a un adulto mayor
Al dar trámite a estas acciones, la Sala Constitucional ordenó librar oficios al Tribunal de Apelación especializado para que remita el expediente principal de la causa.
Este paso es fundamental para que los ministros puedan estudiar el fondo de la cuestión y decidir si el proceso judicial contra la exintendenta y los demás implicados debe continuar bajo las reglas actuales o si existieron vicios constitucionales que obliguen a revisar lo actuado hasta ahora.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia resolvió, por voto en mayoría, dar trámite a las acciones de inconstitucionalidad promovidas por la exintendenta de Quyquyhó, Patricia Corvalán, y por el también acusado Andrés Alfredo Arrua Brítez. Ambos están procesados en una causa por presunta corrupción que habría generado un perjuicio económico a la municipalidad de dicha ciudad de G. 1.109 millones.Esposa de diputado cartista Esteban Samaniego va a juicio oral por lesión de confianzaEl punto central del reclamo radica en cuestionar la intervención del fuero especializado en Delitos Económicos y Corrupción. Los accionistas argumentan que se está afectando el principio del juez natural y denuncian una supuesta aplicación retroactiva de la ley.En su presentación, Corvalán sostiene que la jurisdicción especializada fue creada con posterioridad a los hechos investigados y que, en su caso particular, no se alcanzarían los umbrales económicos mínimos que justifican la intervención de este tribunal específico. Por su parte, Arrua alega la vulneración de varios artículos constitucionales relacionados con el debido proceso y la seguridad jurídica.Caso Esteban Samaniego: Patricia Corvalán y otros acusados seguirán con arresto domiciliarioVoto dividido en la máxima instanciaLa decisión de la Corte no fue unánime. Los ministros César Diesel Junghanns y Víctor Ríos Ojeda votaron a favor de admitir las acciones, considerando que los escritos cumplen con los requisitos formales para ser analizados a fondo.Sin embargo, el ministro Gustavo Santander Dans votó por el rechazo de entrada. Según su postura, los planteamientos carecen de fundamentos sólidos y solo demuestran una disconformidad con decisiones anteriores, lo cual no es suficiente para que la Corte intervenga en esta instancia.Intendenta de Quyquyhó se jacta de “choza” construida a un adulto mayorAl dar trámite a estas acciones, la Sala Constitucional ordenó librar oficios al Tribunal de Apelación especializado para que remita el expediente principal de la causa.Este paso es fundamental para que los ministros puedan estudiar el fondo de la cuestión y decidir si el proceso judicial contra la exintendenta y los demás implicados debe continuar bajo las reglas actuales o si existieron vicios constitucionales que obliguen a revisar lo actuado hasta ahora.
11 de agosto de 2026 a la – 21:28
La Sala Constitucional dio trámite al reclamo de la exintendenta de Quyquyhó, Patricia Corvalán, y otro acusado por presunta corrupción. La defensa alega que el tribunal especializado no debería intervenir en el caso.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia resolvió, por voto en mayoría, dar trámite a las acciones de inconstitucionalidad promovidas por la exintendenta de Quyquyhó, Patricia Corvalán, y por el también acusado Andrés Alfredo Arrua Brítez. Ambos están procesados en una causa por presunta corrupción que habría generado un perjuicio económico a la municipalidad de dicha ciudad de G. 1.109 millones.
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El punto central del reclamo radica en cuestionar la intervención del fuero especializado en Delitos Económicos y Corrupción. Los accionistas argumentan que se está afectando el principio del juez natural y denuncian una supuesta aplicación retroactiva de la ley.
En su presentación, Corvalán sostiene que la jurisdicción especializada fue creada con posterioridad a los hechos investigados y que, en su caso particular, no se alcanzarían los umbrales económicos mínimos que justifican la intervención de este tribunal específico. Por su parte, Arrua alega la vulneración de varios artículos constitucionales relacionados con el debido proceso y la seguridad jurídica.
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Voto dividido en la máxima instancia
La decisión de la Corte no fue unánime. Los ministros César Diesel Junghanns y Víctor Ríos Ojeda votaron a favor de admitir las acciones, considerando que los escritos cumplen con los requisitos formales para ser analizados a fondo.
Sin embargo, el ministro Gustavo Santander Dans votó por el rechazo de entrada. Según su postura, los planteamientos carecen de fundamentos sólidos y solo demuestran una disconformidad con decisiones anteriores, lo cual no es suficiente para que la Corte intervenga en esta instancia.
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Al dar trámite a estas acciones, la Sala Constitucional ordenó librar oficios al Tribunal de Apelación especializado para que remita el expediente principal de la causa.
Este paso es fundamental para que los ministros puedan estudiar el fondo de la cuestión y decidir si el proceso judicial contra la exintendenta y los demás implicados debe continuar bajo las reglas actuales o si existieron vicios constitucionales que obliguen a revisar lo actuado hasta ahora.
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