¿Qué está permitido y qué está prohibido durante la veda electoral? ¿puedo vender o consumir alcohol durante este periodo? ¿A qué sanciones penales estoy expuesto si no cumplo con las normas establecidas? Son preguntas frecuentes cuando se aproximan nuevas elecciones. La duda que corre en boca en boca en víspera de los comicios es si está permitido vender o consumir alcohol.
Según el artículo 195 del Código Electoral, en el día de las elecciones quedan prohibidas ciertas actividades, entre ellas el expendio de bebidas alcohólicas. Esta medida rige solo para el caso de elecciones generales y presidenciales, no así de elecciones internas partidarias, donde el voto no es obligatorio.
¿Quiénes son todos los aspirantes a la intendencia de Asunción?
Luis Alberto Mauro, Asesor Jurídico del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), indicó que en las elecciones internas partidarias cada partido establece sus reglas de juego. “Quienes organizan y juzgan las elecciones son los organismos electorales de cada partido político. Allí la Justicia Electoral no tiene jurisdicción, solamente si hay diferencias pueden recurrir una vez agotadas las instancias internas”.
Las elecciones internas simultáneas están programadas para el domingo 7 de junio, donde los partidos políticos elegirán a sus candidatos oficiales a intendente y junta municipal para las elecciones generales el próximo 4 de octubre. El Partido Liberal y el Partido Revolucionario Febrerista también renovarán a sus autoridades partidarias.
Artículo 195.- En el día de los comicios queda prohibido:
a) la aglomeración de personas o la organización de grupos en un radio inferior a doscientos metros de los centros en que funcionen las mesas receptoras de votos que directa o indirectamente puedan significar cualquier presión sobre los electores, a menos que se trate de electores formando filas delante de las mesas para sufragar;
b) la portación de armas, aun mediando autorización acordada anteriormente por autoridades administrativas, en el mismo radio señalado en el inciso anterior;
c) la celebración de espectáculos públicos hasta dos horas después de finalizar los comicios;
d) el expendio de bebidas alcohólicas; y,
e) la instalación de mesas de consulta por parte de los partidos, movimientos y alianzas en el radio mencionado en el inciso a) de este artículo.
Código Electoral Paraguayo
¿Qué está permitido y qué está prohibido durante la veda electoral? ¿puedo vender o consumir alcohol durante este periodo? ¿A qué sanciones penales estoy expuesto si no cumplo con las normas establecidas? Son preguntas frecuentes cuando se aproximan nuevas elecciones. La duda que corre en boca en boca en víspera de los comicios es si está permitido vender o consumir alcohol.Según el artículo 195 del Código Electoral, en el día de las elecciones quedan prohibidas ciertas actividades, entre ellas el expendio de bebidas alcohólicas. Esta medida rige solo para el caso de elecciones generales y presidenciales, no así de elecciones internas partidarias, donde el voto no es obligatorio.¿Quiénes son todos los aspirantes a la intendencia de Asunción?Luis Alberto Mauro, Asesor Jurídico del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), indicó que en las elecciones internas partidarias cada partido establece sus reglas de juego. “Quienes organizan y juzgan las elecciones son los organismos electorales de cada partido político. Allí la Justicia Electoral no tiene jurisdicción, solamente si hay diferencias pueden recurrir una vez agotadas las instancias internas”.Las elecciones internas simultáneas están programadas para el domingo 7 de junio, donde los partidos políticos elegirán a sus candidatos oficiales a intendente y junta municipal para las elecciones generales el próximo 4 de octubre. El Partido Liberal y el Partido Revolucionario Febrerista también renovarán a sus autoridades partidarias.Artículo 195.- En el día de los comicios queda prohibido:a) la aglomeración de personas o la organización de grupos en un radio inferior a doscientos metros de los centros en que funcionen las mesas receptoras de votos que directa o indirectamente puedan significar cualquier presión sobre los electores, a menos que se trate de electores formando filas delante de las mesas para sufragar;b) la portación de armas, aun mediando autorización acordada anteriormente por autoridades administrativas, en el mismo radio señalado en el inciso anterior;c) la celebración de espectáculos públicos hasta dos horas después de finalizar los comicios; d) el expendio de bebidas alcohólicas; y,e) la instalación de mesas de consulta por parte de los partidos, movimientos y alianzas en el radio mencionado en el inciso a) de este artículo.Código Electoral Paraguayo
13 de mayo de 2026 a la – 11:52
A modo de resguardar el orden y la voluntad cívica, todas las elecciones tienen establecidas una serie de prohibiciones durante los comicios, según el artículo 195 del Código Electoral. La más conocida y que genera dudas es el expendio de bebidas alcohólicas.
¿Qué está permitido y qué está prohibido durante la veda electoral? ¿puedo vender o consumir alcohol durante este periodo? ¿A qué sanciones penales estoy expuesto si no cumplo con las normas establecidas? Son preguntas frecuentes cuando se aproximan nuevas elecciones. La duda que corre en boca en boca en víspera de los comicios es si está permitido vender o consumir alcohol.
Según el artículo 195 del Código Electoral, en el día de las elecciones quedan prohibidas ciertas actividades, entre ellas el expendio de bebidas alcohólicas. Esta medida rige solo para el caso de elecciones generales y presidenciales, no así de elecciones internas partidarias, donde el voto no es obligatorio.
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Luis Alberto Mauro, Asesor Jurídico del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), indicó que en las elecciones internas partidarias cada partido establece sus reglas de juego. “Quienes organizan y juzgan las elecciones son los organismos electorales de cada partido político. Allí la Justicia Electoral no tiene jurisdicción, solamente si hay diferencias pueden recurrir una vez agotadas las instancias internas”.
Las elecciones internas simultáneas están programadas para el domingo 7 de junio, donde los partidos políticos elegirán a sus candidatos oficiales a intendente y Junta Municipal para las elecciones municipales generales el próximo 4 de octubre. El Partido Liberal y el Partido Revolucionario Febrerista también renovarán a sus autoridades partidarias.
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